Para variar, de momento, nadie ha salido contestando a dicha organización, la cual en muchas ocasiones ve la paja en el ojo ajeno y no la viga en el propio. Baste como ejemplo echar un vistazo a su sitio web y en el espacio dedicado al estado de los derechos humanos en España (http://www.es.amnesty.org/paises/espana/pagina/motivos-de-preocupacion/) podemos ver una referencia light a los crímenes de ETA que termina diciendo: "También deben ser investigadas las violaciones de derechos humanos cometidas por las fuerzas de seguridad...". Señores de AI ¿no están hablado de ETA? ¿entonces por qué mezclan churras con merinas y sacan a colación actuaciones "irregulares" de las Fuerzas de Seguridad?. Estos Sres. parece que no se enteran de que la inmensa mayoría de las denuncias por torturas efectuadas por los asesinos de ETA resultan ser falsas. Aún más... ¿cuántas veces atentan contra los derechos humanos las FCSE? ¿y cuántas lo hace la banda terrorista?.
Pero volvamos a la cuestión que motiva estas reflexiones. El informe Taser de AI hace mención a unas supuestas víctimas mortales producidas por el uso de la Taser. Es uno de los pilares de apoyo para solicitar que se prohiba su uso en España. Pero esas víctimas... ¡¡son de EE.UU.!!. La organización se anticipa a que esos daños se produzcan en España para solicitar su prohibición. Porque encima ese informe no surge de AI-USA sino que es fruto de las mentes bienpensantes españolas. Mentes que por otro lado interpretan a su libre albedrío el caso de la muerte del "honrado agricultor" Juan Martínez Galdeano. conocido como "Caso Roquetas", donde quedo bien claro, según la sentencia, que "la causa inmediata del fallecimiento de Juan Martínez Galdeano fue una insuficiencia cardiorrespiratoria aguda causada por una reacción adversa a drogas de abuso, en concreto al consumo previo de cocaína, que le provocó un "delirio agitado", produciéndole un aumento de catecolaminas o "tormenta energética", con taquicardia, arritmia, fibrilación ventricular, y finalmente, paro cardiorrespiratorio. Este aumento de catecolaminas, ocasionado por la ingesta de cocaína, pudo verse favorecido por otros factores, bien carácter orgánico del propio fallecido, bien ambientales, bien estresantes, como los derivados del accidente de tráfico o de la propia detención, pero sin que en ningún caso estos factores, si no hubiese existido "ese delirio agitado", habrían abocado al fallecimiento, no siendo tampoco necesarios tales factores para que dicho "delirio" desembocase en la muerte de Juan Martínez Galdeano"
Pues bien, a pesar de plasmar en su informe dicha sentencia AI sigue erre que erre y quiere que dicha muerte sea consecuencia directa del uso de una defensa eléctrica. Quizás habría que recordarles que tiempo después de esa muerte los medios de comunicación se hicieron eco de la muerte, "a manos de agentes de la PL de Marbella", de un "pacífico" turista. En pocas palabras se les tachó de asesinos, cuando al poco tiempo se demostró que la causa determinante de la muerte fue que dicho individuo iba hasta el culo de cocaína y de alcohol.
Pero el informe no tiene desperdicio... ataque directo a una empresa española, quizás una querella criminal por parte de dicha empresa pondría a AI en su sitio; igualmente el informe se hace eco de conversaciones de foros policiales, cuando todos sabemos que dichos foros no son más que charlas de bar llevadas al espacio cibernético (y yo en un bar opino como quiero, para eso soy libre).
Me gustaría ver a los Sres. de AI de cara con un enfermo psiquiátrico agresivo, o intentando separar a los contendientes de una reyerta en la que se emplean instrumentos contundentes y en la que puedes acabar con la cabeza abierta. Pero no, no tendré suerte y no creo que los vea, aunque si alguna vez ocurre y son ellos los que me requieren me pondré a su entera disposición esperando indicaciones de los mismos para causar el efecto menos lesivo.
A mi me gustaría que las Policías españolas fueran desarmadas, al igual que ocurre con los bobbies ingleses, pero que los miembros de las FCS estuvieran igual de respaldados por las leyes como están los colegas británicos, a saber:
- Insultos o amenazas a policía: 1 mes de cárcel.
- Insultos y amenazas a policía: 3 meses de cárcel.
- Agresión a policía de carácter leve: 1 año de cárcel.
- Lesiones a policía de carácter leve: 1 año y seis meses de cárcel.
- Lesiones a policía de carácter grave: 5 años de cárcel.
- Lesiones a policía de carácter grave con secuelas: 10 años de cárcel.
- Homicidio de policía: 20 años de cárcel.
- Asesinato de policía: 30 años de cárcel.
¡¡Ah!! y las penas se cumplen integras, incluso las más leves.